AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2017-RCA

Fecha: 28-Ago-2017

1)

El accionante manifiesta que: 1) De forma clara dio a conocer que el 21 de septiembre de 2016, fue notificado con la Resolución 010/16, cuyo formulario consta en el Proceso Administrativo Disciplinario; 2) Si bien tiene la carga de la prueba, no puede sustraer una pieza procesal para presentarla dentro de la acción de amparo constitucional activada; toda vez que, la parte demandada no le proporcionó ni una copia del formulario de notificación, considerando que el plazo que se le proporcionó resulta sumamente corto; 3) Habiendo señalado dónde se encuentra la prueba extrañada, el Juez de garantías debió disponer la remisión del proceso a su despacho; sin embargo, se desconoció el principio de flexibilización; y, 4) En aplicación del principio de prelación a su criterio se debe dar lugar a la verdad material y no anteponer los ritualismos.