DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2017

Fecha: 09-Ago-2017

el parágrafo II

Sobre el parágrafo II de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0149/2016, procedió a suprimir el mismo; por lo que, no corresponde realizar ningún control previo de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Ley Fundamental.

Sobre el parágrafo II de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0149/2016, optó por suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Norma Suprema.

Sobre el parágrafo II de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0149/2016, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Ley Fundamental.

Sobre el parágrafo II de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0149/2016, optó por suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Norma Suprema.