Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
II.4.
II.4. Cursa nota presentada de 20 de abril de 2017, por el cual el accionante reiteró a la DAF por tercera vez que se le extienda certificado de no tener cargo de cuenta (fs. 15 a 16). Asimismo, el 2 de mayo de igual año, solicitó certificado de no tener cargo de cuenta, el Memorando de pase al servicio pasivo como el desglose de años de servicio de Ejército, certifique las causales y la normativa específica que motivan hasta la fecha la no emisión de sus requerimientos (fs. 21). Por nota de 15 del señalado mes y año, el primer nombrado remitió con observaciones subsanadas tres carpetas del trámite de jubilación (fs. 22).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y objeto de la acción de cumplimiento
- la acción de cumplimiento
- una diferenciación,
- ante la omisión en el cumplimiento de un deber claro, expreso y exigible, que puede estar directa o indirectamente vinculado a la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales, corresponde la presentación de la acción de cumplimiento;
- b) Tutela mandatos normativos de acción y abstención, consecuentemente, tutela tanto la ejecución de aquello que es deber del servidor público (norma imperativa de hacer), como la inejecución de aquello que el servidor público por mandato normativo expreso no debe hacer;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR