SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
II.3.
II.3. A través de memorial presentado el 22 de marzo de 2017, Roberto Darwin Zambrana Montenegro -hoy accionante- solicitó conminatoria a la autoridad judicial hoy demandada, manifestando que el 30 de diciembre de 2015 el representante del Ministerio Público informó el inicio de investigación por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias y otros, y que pasado un año y tres meses no presentó requerimiento conclusivo de la etapa preliminar conforme a los arts. 300 y 301 del CPP con relación a la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal -Ley 586 de 30 de octubre de 2014-, por lo que impetró conminar al Fiscal Departamental de Santa Cruz a efectos de que formule requerimiento conclusivo (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 13
- i)
- CONFIRMAR