SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 32/2017 de 4 de julio, cursante de fs. 46 a 48, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) En el presente caso conviene analizar si existe procesamiento indebido y si está estrechamente vinculado a la libertad, toda vez que el derecho al debido proceso es tutelado tanto por la acción de amparo constitucional como por la acción de libertad, dependiendo si está vinculado a la libertad; y, ii) Existe un proceso laboral concluido el cual se encuentra en etapa de ejecución, teniéndose una Resolución que reguló costas procesales y reajuste, siendo notificado el hoy accionante con la misma, no la impugnó y cuando se dispuso se libre mandamiento de apremio en su contra, el nombrado en su calidad de demandado recién apeló y el Tribunal ad quem confirmó el fallo porque la Resolución que determinó el monto total que debía pagar estaba ejecutoriada y si no se encontraba de acuerdo con esa Resolución debió apelar oportunamente, por lo que, al no cancelar el saldo de la planilla; es decir, la suma de Bs7 620,11.-, corresponde el cumplimiento compulsivo a través del mandamiento de apremio, sin que se evidencie vulneración del debido proceso, con incidencia en afectación del derecho a la libertad, ya que el accionante debió actuar con diligencia e impugnar oportunamente la Resolución que a su juicio consideró injusta, por lo que no puede pretenderse que la justicia constitucional supla su negligencia a través de esta acción tutelar, entendiéndose que si no impugnó consintió el monto definido que debe ser cancelado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- “…por Secretaria líbrese mandamiento de apremio contra el Sr. Rolando Omar Gerónimo Soto en su condición de representante legal de la Empresa
- líbrese mandamiento de apremio contra el Sr. Rolando Omar Gerónimo Soto en su condición de representante legal de la Empresa CEINCO
- CONFIRMAR