SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
II.1.
II.1. Dentro del fenecido proceso laboral seguido por María Barbarita Alvarado contra Rolando Omar Gerónimo Soto -ahora accionante- en su calidad de representante legal de la Empresa “CEINCO”, Carla Fabiola Coria Prieto, Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segunda de la Capital del departamento de Tarija -hoy demandada- emitió el Auto interlocutorio de 10 de octubre de 2016, a través del cual al amparo del art. 216 del CPT, previa notificación personal o cedularia en el domicilio real del primer nombrado, ordenó que “…por Secretaria líbrese mandamiento de apremio contra el Sr. Rolando Omar Gerónimo Soto en su condición de representante legal de la Empresa CEINCO, hasta que cancele el saldo del monto adeudado emergente del proceso laboral seguido por María Barbarita Alvarado T. en su contra por concepto de pago de beneficios sociales, de Bs7 620,11” (las negrillas son nuestras [sic -fs. 18-]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- “…por Secretaria líbrese mandamiento de apremio contra el Sr. Rolando Omar Gerónimo Soto en su condición de representante legal de la Empresa
- líbrese mandamiento de apremio contra el Sr. Rolando Omar Gerónimo Soto en su condición de representante legal de la Empresa CEINCO
- CONFIRMAR