SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2017-S3

Fecha: 23-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Memorando 078/10/2016 de 7 de octubre, fue contratado en la AMAAB en el cargo de Administrador de acuerdo al Estatuto Orgánico de esa empresa, norma que se halla sujeta a la Ley General del Trabajo, debido a que es una empresa municipal que acoge a trabajadores en relación de dependencia -art. 28 inc. f) del referido Estatuto-.

Desde la fecha de su designación cumplió sus funciones con responsabilidad, sin incurrir en ninguna causal de despido establecidas en el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT); sin embargo, luego de tres meses y veinticinco días de trabajo, fue sorprendido con el Memorando 17/02/2017 de 2 de febrero, firmado por el Gerente General de la AMAAB -hoy demandado-, quien aduciendo un “supuesto cargo jerárquico de confianza y de libre designación” (sic), dispuso su cesación en el cargo de Administrador, citando el art. 35 inc. g) del Estatuto Orgánico de dicha empresa.

Ante ese acto ilegal, arbitrario e injustificado, cursó la nota de 14 de febrero de 2017 al hoy demandado solicitando su reincorporación laboral, señalando que su designación fue de carácter indefinido y que la EMAAB se encuentra enmarcada en la Ley General del Trabajo que protege la estabilidad laboral del trabajador; empero, la parte empleadora hizo caso omiso a su pedido.