SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

III.4.  Otras consideraciones

Resulta pertinente tomar en cuenta, que si bien los demandados presentaron memorial ante el Juez de garantías adjuntando documental que acreditaría haber otorgado respuesta a la solicitud efectuada por las accionantes en cumplimiento de la Resolución de 19 de julio de 2017 venida en revisión, el mismo no puede ser considerado a los efectos de la emisión de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en razón a que para su procedencia, la cesación del acto considerado lesivo tendría que haberse superado antes de la notificación con la acción de amparo constitucional, conforme sostiene la jurisprudencia Constitucional sentada por la SCP 1578/2014 de 11 de agosto, situación que en el caso en análisis, no acontece.