SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

contra dicho proveído 241779000340, la parte accionante no hizo uso de su derecho a la impugnación, cuestionando la determinación asumida por la citada entidad estatal, es decir, no interpuso el recurso de alzada previsto en el art. 143 del CTB, en el plazo estipulado, al tratarse de un recurso idóneo para impugnar los actos administrativos de carácter definitivo emitidos por la Administración Tributaria, cuando les causen perjuicio o agravio a los contribuyentes

No obstante de ello, contra dicho proveído 241779000340, la parte accionante no hizo uso de su derecho a la impugnación, cuestionando la determinación asumida por la citada entidad estatal, es decir, no interpuso el recurso de alzada previsto en el art. 143 del CTB, en el plazo estipulado, al tratarse de un recurso idóneo para impugnar los actos administrativos de carácter definitivo emitidos por la Administración Tributaria, cuando les causen perjuicio o agravio a los contribuyentes, (ya que dio lugar a que en el presente caso, se inicie la ejecución tributaria prevista en la RA 792000068516), según se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución constitucional, para de ese modo permitir que la instancia de alzada puedan pronunciarse al respecto y emita la resolución que corresponda, hecho que si embargo no aconteció, pretendiendo ahora la empresa accionante SESIGA BUHOS S.A., suplir esa negligencia con la interposición de la presente acción de amparo constitucional.