SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2017-S1

Fecha: 02-Ago-2017

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, constituido en TribunaL de garantías, mediante Resolución 03/17 de 23 de junio de 2017, cursante de fs. 12 a 14, denegó la tutela solicitada; con los siguientes argumentos: 1) Los derechos primarios como son la vida y la libertad física de manera general no se encuentran regidas por el principio de subsidiariedad;          2) Cualquier solicitud ante una autoridad jurisdiccional debe estar debidamente acreditada; 3) En el régimen penitenciario los internos gozan de un médico al que pueden acudir en cualquier momento, los que tiene la facultad para solicitar a las autoridades judiciales las valoraciones médicas ante especialistas, conforme a la revisión médica realizada al estado de salud del interno; 4) Los jueces o tribunales no pueden calificar el estado de salud, solo pueden valorar la credibilidad de los certificados médicos; ya que no pueden establecer si un simple dolor devenga de un enfermedad que de no ser tratada a tiempo ponga en riesgo la vida, salud o integridad de un interno; 5) Correspondía pedir salida personal porque la petición realizada no se enmarca en la norma penal; y, 6) El personal subalterno no tiene legitimación pasiva, salvo en casos que contrarían lo dispuesto por la autoridad jurisdiccional o cuando cometieren excesos, circunstancias que no acontecieron.