SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2017

Fecha: 23-Ago-2017

denegó

Mediante Resolución 11/2017 de 11 de julio, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, denegó la tutela solicitada, refiriendo: 1) El principio de legalidad  establecido en el art 180.I CPE, impone el sometimiento a normas de la Constitución y la Ley, considerando la aplicación al trámite de homologación de Resolución de amnistía inmersa en el DP 3030, subsumiéndose con el art. 80 de la Ley 025, en base al art. 18 de la Ley 2298, que establece el control jurisdiccional a cargo del Juez de Ejecución de Sentencia, concluyendo que la autoridad judicial responsable de la homologación de la Resolución de amnistía, recae en los Juzgados de Ejecución Penal, dado que en base al principio de concordancia práctica, se deriva las competencias específicas a los Juzgados de Ejecución Penal, concluyendo en el presente caso que será el Juez Primero de Ejecución Penal el encargado de realizar la homologación de la Resolución de amnistía; y 2) El art. 23.I CPE, confiere al Tribunal de garantías, potestad para direccionar una resolución donde este inmersa la situación del privado de libertad, Freddy Marcelo Prieto Mamani.