SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
i)
Los accionantes alegan que las autoridades demandadas vulneraron los derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso de sus representados, aduciendo que: i) Por Sentencia 25/2016 de primera instancia, fueron declarados autores del delito de estelionato; por cuanto, apelaron dicha Resolución; consecuentemente los acusadores particulares presentaron incidente de actividad procesal defectuosa, arguyendo que el abogado Adrián Milan Gutierrez, fue apartado definitivamente del proceso, por lo que no podía firmar el memorial de apelación restringida. Por Resolución de 3 de abril del mismo año, el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, declaró fundado el incidente, dejando sin efecto la admisión del recurso, declarando posteriormente la ejecutoria de la Sentencia; en consecuencia, se mandó a librar los mandamientos de condena y captura; y, ii) Fueron ilegalmente notificados con la Resolución de 3 de abril de 2017, que declaró fundado el incidente de la parte acusadora, siendo esta la razón por la cual no pudieron apelar dicha Resolución, quienes a su vez presentaron incidente de actividad procesal defectuosa por nulidad de notificación, que fue Rechazado por el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, y contra esta Resolución de rechazo presentaron apelación incidental que a la presente fecha se encuentra en trámite.