SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Su persona trabajó por más de diez años en la Sociedad Bíblica Boliviana, empero faltando a la honestidad y lealtad que debe primar en toda relación laboral, empezó a sufrir una serie de acoso laboral, como por ejemplo, el hecho de que se pretendió desplazarle a otro departamento, olvidando que por razones de salud acreditadas, no podía cambiar de residencia fácilmente, posteriormente el 15 de febrero de 2017, recibió el Memorándum - 01/17, por el que de manera abrupta, se le desvinculó laboralmente, aduciendo un supuesto incumplimiento del art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT).

Frente al atropello a sus derechos laborales de mujer trabajadora, acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba, instancia que previos los trámites de rigor, emitió la Conminatoria Laboral MTEPS/JDTCBBA/ 94/2017 de 12 de mayo, la cual dispuso su inmediata reincorporación más el pago de todo lo devengado, empero, la entidad demandada, de mala fe no cumplió la misma, interponiendo un infundado e írrito recurso de revocatoria, el cual también fue resuelto a su favor mediante la Resolución Administrativa (RA) 206/2017 de 20 de junio, por la que se confirmó la conminatoria de reincorporación ordenándose su cumplimiento, misma que tampoco fue obedecida.

Refiere que a la fecha de su retiro, realizaba tareas propias y permanentes en la institución, encontrándose amparada en la Ley General del Trabajo mediante una relación laboral a tiempo indefinido, garantizándose su derecho a la estabilidad laboral, por cuanto no pudo ser despedida injustificadamente, menos ser acusada de algún supuesto hecho irregular, sin que se respete su derecho a la defensa, al debido proceso y la presunción de inocencia.