Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0933/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
II.4.
II.4. Mediante informe del Secretario de Cámara de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en suplencia legal de su similar Cuarta, informó a la Presidenta demandada, la recepción de setenta y seis apelaciones restringidas y ochenta y un apelaciones incidentales (fs. 18 a 30).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- refiriéndose a la acción de libertad traslativa, en cuanto a los trámites y solicitudes cuando una persona se encuentra privada de libertad éstas deben ser atendidas con la mayor celeridad, por encontrarse de por medio la libertad de las personas
- el habeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad’…
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR