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    AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2017-RCA

    Fecha: 19-Sep-2017

    I.2. Disposición supuestamente incumplida

    Denuncia que al no considerar el Tribunal de alzada su apelación suprimió su derecho a usar el recurso de alzada garantizado en el Código de las Familias y del Proceso Familiar, incumpliendo asimismo los arts. 56.I de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010-; y, 180.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de cumplimiento
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Disposición supuestamente incumplida
    • improcedencia
    • a)
    • la materialización de un deber omitido; que tiene que estar de manera expresa y en forma específica previsto en la norma constitucional o legal.
    • II.3.    Análisis del caso concreto
    • debe encontrarse de manera expresa y específica en la norma constitucional o legal
    • CONFIRMAR

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