AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2017-RCA

Fecha: 19-Sep-2017

II.3.    Análisis del caso concreto

La Jueza de garantías, declaró la improcedencia de esta acción tutelar debido a que concurre una de las causales de improcedencia aplicables a la acción de cumplimiento, prevista en el art. 66.4 del CPCo, cual es la interposición de la acción en procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales tutelados por la acción de amparo constitucional; agregando además que, ésta no procede para exigir el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Norma Suprema.