SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017

Fecha: 25-Sep-2017

II.2.

II.2.  Reinaldo Rojas Sejas, ex Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tacachi respondió a la solicitud de declinatoria de competencia mediante escrito presentado el 22 de noviembre de 2016, alegando que: i) Debió rechazarse in limine la mencionada petición, ya que fue formulada por un tercero ajeno al proceso de marras que carece de legitimación para plantear ese incidente; ii) Jorge Torrico Alvarado no acreditó su cargo dirigencial, por cuanto no acompañó documentación de su personería jurídica ni poder para representar a una nación o pueblo indígena originario campesino; iii) El procesado es dirigente, por lo que se constituiría en juez y parte, toda vez que Tacachi no es una nación o pueblo indígena originario campesino sino un municipio, por lo que no se cumple con las previsiones contenidas en el art. 30.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y 9 de la LDJ; y, iv) Cualquier excepción o incidente debe ser planteado por las partes del proceso y ser resuelto en audiencia (fs. 29 a 30).