Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
II.1.
II.1. Cursa memorial presentado el 5 de julio de 2017, por Juan Chambi Blanco y Margot Serrano Villca -ahora accionantes-, ante Gabriela Luizaga Mamani, Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera de Chulumani del departamento de La Paz -hoy demandada-, por el cual solicitaron modificación de medidas sustitutivas (fs. 22 y vta.), el mismo que mereció el decreto de la misma fecha emitido por la referida autoridad, quien señaló audiencia para el 2 de agosto de igual año a horas 16:00 (fs. 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- III.1. Toda autoridad judicial debe actuar con la debida diligencia respecto a solicitudes de las cuales dependa la libertad
- Fragmento 12
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- 2º