SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2017-S3

Fecha: 18-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2 de diciembre de “2005”, los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz -hoy codemandados-, emitieron Sentencia condenatoria en su contra, en medio de actos de corrupción; posteriormente, y de manera oportuna presentaron recurso de apelación restringida; sin embargo, el 17 de mayo de 2017, dicho recurso mereció la Resolución 23/2017 declarándolo admisible y confirmando la Sentencia apelada, aclarando que aún quedaba el recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia.

La Resolución 23/2017 “…fue objeto de un tratamiento por demás oculto y violatorio de Derecho y Garantía Constitucional, toda vez que los datos del proceso señalan que esta resolución hubiera sido notificada cuando en realidad no fue así” (sic), pudiendo evidenciarse que la notificación con el referido fallo es nula por defectos en su contenido.

Asimismo, refirieron que el proceso penal fue resuelto en un tiempo demasiado ágil que también es observado, y que hubiera sido devuelto al Juzgado de origen, disponiendo este que se expida mandamientos de condena; por lo que, son objeto de un procesamiento indebido, respecto al principio de publicidad de los procesos, por el que se deben hacer conocer ulteriores actuaciones del proceso a las partes.