Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.1.
II.1. Consta Sentencia 040/2015 de 2 de diciembre, emitida por Juan Carlos Flores Cangri, Luis Adolfo Argani Argani y Sandra Marisol Rojas Salinas, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz -ahora codemandado-, por la cual se condenó a Martha Diega Chávez Mamani, Lilian Encarnación y Zulema Isabel Santander Chávez, -hoy accionantes- a la pena privativa de libertad tres años y seis meses; cinco; y, cuatro años de reclusión respectivamente, a cumplirse en el Centro Penitenciario “Obrajes” de La Paz (fs. 5 a 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- CONFIRMAR