Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0944/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
Fragmento 13
De los antecedentes y actuados procesales que cursan en obrados, se tiene; la remisión de aprehendido, la resolución de imputación formal, la solicitud de aplicación de medidas cautelares de carácter personal y la comunicación de inicio de investigación contra el accionante y otro, efectuada por Marcelo Lea Plaza Aliaga, Fiscal de Materia, por memorial de 14 de agosto de 2017 (Conclusión II.1.); asimismo, la Resolución 342/2017 de 15 de agosto, que dispone la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva del accionante en el Centro de Rehabilitación de “Calahuma” de Viacha, emitida por la Autoridad de control jurisdiccional (Conclusión II.2.).
- acción de libertad
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 9
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- Cuando existe imputación y/o acusación formal
- Fragmento 13
- III.3.1. Respecto de la cuestionada imputación formal y la falta de respuesta a las solicitudes presentadas
- Fragmento 15
- III.3.2. Con relación a la resolución de detención preventiva impuesta al accionante
- CONFIRMAR