Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0944/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
Fragmento 15
El accionante señala que la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal de la Capital del departamento de La Paz en suplencia legal de su similar del Juzgado Cuarto, habría dispuesto en audiencia de medidas cautelares su detención preventiva en el Centro de Rehabilitación de “Calahuma” de Viacha, sin fundamentar ni motivar lo concerniente a la autoría del delito imputado y a los presuntos riesgos procesales inexistentes.
- acción de libertad
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 9
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- Cuando existe imputación y/o acusación formal
- Fragmento 13
- III.3.1. Respecto de la cuestionada imputación formal y la falta de respuesta a las solicitudes presentadas
- Fragmento 15
- III.3.2. Con relación a la resolución de detención preventiva impuesta al accionante
- CONFIRMAR