Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2017-S3
Fecha: 20-Sep-2017
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se restablezca inmediatamente su derecho de petición con responsabilidad civil y penal a los ex y actuales directivos demandados, por su incumplimiento y/u omisión y la condenación a costas, daños y perjuicios, disponiéndose que en el plazo de veinticuatro horas, se resuelva las peticiones reiteradas de 20 de junio y 28 de noviembre de 2016; y, 18 de abril de 2017.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta”
- en sí es una facultad o potestad que tiene toda persona para dirigirse, individual o colectivamente, ante las autoridades o funcionarios públicos, lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución, ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR