Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2017-S3
Fecha: 20-Sep-2017
a)
Solicita se conceda la tutela y, en consecuencia, se ordene: a) La inmediata reincorporación a su fuente laboral como vendedora en la casa comercial “MULTIPARTES LUCHO”; b) El “…pago de mi salarios devengados correspondientes a los meses de MARZO, ABRIL, MAYO Y JUNIO y hasta la fecha de mi efectiva Reincorporación, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 7 del D.S. N° 1213 de fecha 01 de mayo de 2012…” (sic); y, c) El pago de costas procesales a su favor.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos que hacen inejecutable las conminatorias de reincorporación laboral
- este Tribunal en problemáticas relacionadas con el cumplimiento de conminatorias de reincorporación ha sido uniforme en señalar que no le corresponde a esta jurisdicción analizar y pronunciarse respecto a la legalidad o no del despido
- esta jurisdicción verifique el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y en su caso determine que las mismas se cumplan. Empero, de verificarse en esta instancia constitucional, que dicha conminatoria adolece de irregularidades en el procedimiento seguido ante la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión Social o que a la misma no se aplica la normativa u omite uno de los elementos constitutivos del debido proceso como garantía jurisdiccional; en ese caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional se verá imposibilitado de disponer se cumpla la conminatoria, ante la evidencia de su inejecutabilidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR