Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2017-S2
Fecha: 18-Sep-2017
II
El accionante alega la vulneración al derecho a la libertad, al debido proceso, aprehensión indebida y procesamiento indebido, manifestando que el Juez de Partido e Instrucción Penal Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, no dispuso su libertad, encontrándose aprehendido en la Carceleta Publica de Camiri, pese haber cumplido con la cancelación de los beneficios sociales adeudados a favor del demandante, por lo que estaría ilegalmente aprehendido, toda vez que, se dio cumplimiento a la Sentencia ejecutoriada de pago de beneficios sociales.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.3.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria…
- para que se abra la tutela que brinda esta acción, es preciso que previamente se determine si existen los medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata, pero además de ello, se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Labrar las actas de audiencia
- 2°