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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2017-S2

    Fecha: 18-Sep-2017

    II.3.

    II.3.    A través del acta de audiencia de comprobación de pago de 28 de julio de 2017, se evidenció que el accionante cuenta con un saldo de pago de beneficios sociales al demandante, disponiendo el Juez –ahora accionado– se mantenga el apremio de Néstor Zambrana Campos, por no cumplir el pago total de beneficios señalados, mencionando que en materia laboral no se reconoce acuerdos transaccionales, amparándose en los arts. 59, 70 y 204 del CPT (fs. 40 y vta.).

    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • I.1.3. Petitorio
    • denegó
    • II.3.
    • II
    • III.1.    Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria…
    • para que se abra la tutela que brinda esta acción, es preciso que previamente se determine si existen los medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata, pero además de ello, se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
    • III.3.    Análisis en el caso concreto
    • Labrar las actas de audiencia
    • 2°

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