SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde el 4 de octubre de 1978 hasta el 18 de diciembre de 2016 trabajó en el LAB, como inspector de control de calidad, por problemas de la empresa se suscribió un contrato con la Empresa de Servicios Aeronáuticos Especializados (SAE S.R.L.) a partir del 6 de julio de 2016, a raíz de lo cual y previa licencia del LAB, treinta y dos técnicos aeronáuticos pasaron a prestar sus servicios en la referida empresa.
El 18 de diciembre de 2016, fue cesado de sus actividades por determinación de su empleador LAB, pues “SAE S.R.L.” le atribuía la supuesta comisión de irregularidades e ilícitos penales, por los que no se le siguió proceso interno alguno; empero ante la negativa de su empleador de reincorpórarlo a su fuente laboral acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, instancia laboral que emitió la conminatoria para su reincorporación MTEPS/JDTCBBA/75/2017 de 20 de abril, a la cual tampoco se dio cumplimiento, no obstante su conocimiento.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. En cuanto al derecho al trabajo y la vida
- derecho a la vida
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.1.2. R
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2. Sobre el incumplimiento a la conminatoria de reincorporación de los trabajadores en la normativa laboral
- carácter extraordinario y provisional,
- Fragmento 22
- III.3.1. Consideración previa
- III.3.2. Resolución del caso
- CONFIRMAR