Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0996/2017-S3
Fecha: 29-Sep-2017
Fragmento 17
En ese sentido, las autoridades de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, al aplicar los principios, valores culturales, normas y procedimientos propios, cuya característica principal es la oralidad, al igual que otras jurisdicciones, deben garantizar el cumplimiento del debido proceso, ello implica respetar las atribuciones de dichas autoridades, formas de aviso para iniciar los procesos, la presentación y confrontación de evidencias, los debates entre las partes y toda actuación que son de conocimiento de los miembros de la respectiva comunidad o las que se aplican con regularidad.
- acción de amparo constitucional
- Por mayoría absoluta del Cabildo se determina que se proceda con la expulsión definitiva de los Srs.: Jorge Colque Bernal, Willams Colque Bernal y Mario Sinfor Colque Mamani, por su entrega y dependencia al Jach’a Carangas que representa la traición a los intereses de nuestra Provincia Sabaya y de su territorio
- Los señores Jorge Colque Bernal y Cia. Han sido expulsado de nuestra provincia en el cabildo de diciembre de 2016, por tanto sus acciones son rechazados de pleno’
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De los límites de la jurisdicción indígena originaria campesina: respeto a la Constitución Política del Estado y en consecuencia a los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas
- tanto la jurisdicción indígena originaria campesina, como la ordinaria, están sujetas a control de la justicia constitucional, a través del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19