SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2017-S3

Fecha: 29-Sep-2017

concedió

La Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 3/2017 de 15 de agosto, cursante de fs. 213 a 218, concedió la tutela solicitada, disponiendo que el Director General del Instituto Tecnológico “Cristo Rey”, dé estricto cumplimiento a la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 109/2017; y, denegó con relación al pago de salarios devengados, debiendo la parte accionante acudir a las instancias legales que corresponda, bajo los siguientes fundamentos: i) La parte empleadora, una vez notificada con la Conminatoria de reincorporación, no cumplió con la misma, a pesar que fue rechazado el recurso de revocatoria, además que no tuvo que presente que, la interposición de dicho recurso, no es un óbice y mucho menos puede impedir que dicha Institución dé cumplimiento a la citada Conminatoria, ya que conforme a la normativa constitucional, la línea jurisprudencial y las normas laborales en vigencia, la Conminatoria conlleva en sí misma la obligatoriedad y exigibilidad para su cumplimiento, al igual que el deber de su acatamiento a partir de su notificación; en consecuencia, se lesionó los derechos al trabajo digno y la estabilidad laboral de la accionante, cuando la institución demandada tenía el deber ineludible de acatar de manera inmediata lo dispuesto por la señalada Jefatura; y, ii) Revisada la prueba documental -que en forma desorganizada fue acompañado por el ahora demandado-, no se identificó los actuados pertinentes que corroboren el proceso interno seguido a la hoy accionante, desprendiéndose de antecedentes que el Instituto Tecnológico “Cristo Rey”, no cuenta con un Reglamento Interno por lo que mal pudo efectuar dicho proceso conforme a ley y tampoco fue acreditada su tramitación basada en otra normativa legal.