Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandas han conculcado sus derechos a la libertad y al debido proceso, en su elemento de debida fundamentación y razonable valoración de la prueba, debido a que mediante Resolución 221/2017 de 26 de julio, confirmaron el fallo del inferior, manteniendo vigente el riesgo procesal descrito en el art. 235.1 y 2 del CPP, y por ende, su detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. De la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad, construcción jurisprudencial
- III.2. Respecto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial”
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR