Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandadas han conculcado el derecho a la libertad y al debido proceso, en sus elementos de debida fundamentación, motivación y razonable valoración de la prueba, debido a que mediante Resolución 217/2017 de 20 de julio, confirmaron el fallo del inferior, manteniendo vigente los riesgos procesales descritos en los arts. 234.4 y 235.5 del CPP, y por ende, su detención preventiva, imponiéndole exigencias de imposible cumplimiento, como la obligación de presentar certificado médico forense que acredite los motivos por los cuales no asistió a la audiencia en la que fue declarado rebelde y se le revocaron sus medidas sustitutivas.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. De la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad, construcción jurisprudencial.
- III.2. Respecto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR