SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado en audiencia, ratificó el tenor integro de los fundamentos de su memorial de acción de libertad y ampliando manifestó que los Vocales demandados refieren que el delito cometido por el ahora accionante, es un delito grave, pero de acuerdo al art. 235.2 del CPP la peligrosidad del delito no es un parámetro para negar la cesación a la detención preventiva; por su parte, el   art. 239.1 del referido Código, no establece que por la gravedad del delito se deba conceder o denegar la cesación a la detención preventiva; al respecto, se debe aplicar la SC 1174/2011-R de 29 de agosto, que señala que por un solo riesgo procesal se debe conceder la cesación a la detención preventiva lo que viola su derecho a la defensa y el principio de presunción de inocencia, por lo expuesto, solicitaron se conceda la tutela impetrada.