SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

a)

El accionante a través de su abogado ratificó el tenor integro de la acción tutelar, ampliándola manifestó que: a) Los Vocales demandados no aplicaron la jurisprudencia constitucional (SCP 2578/2012-S3 de 21 de diciembre) que en un caso análogo, se hizo el razonamiento que el juez no tiene la competencia para devolver el objeto secuestrado, pues se estaría realizando actos investigativos; en la mencionada sentencia los vocales recurridos observaron que el Juez procedió a la devolución del vehículo con una simple minuta y no así con un carnet de propiedad y Registro Único Automotor (RUA); y, el Tribunal Constitucional Plurinacional hizo mención que es irrelevante tomando en cuenta de que la norma establece el derecho propietario o poseedor, concede la tutela y le dan el plazo para que acredite el derecho propietario; y, b) En el caso, el Juez aquo actuó dentro el procedimiento y no así las autoridades demandadas, vulnerándose la propiedad privada la cual fue acreditada con documentación idónea, a su persona no se le está investigando y que al momento de solicitar la devolución de su vehículo secuestrado, no pesaba medida cautelar alguna, ya que después de que dicho Juez ordenó la devolución recién se tramitó un incidente de incautación.