SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

Fragmento 15

Los accionantes alegan que se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la impugnación y a la defensa, señalando que, dentro del proceso de interdicto de retener la posesión, se emitió Sentencia declarando improbada su demanda; por la que, fueron notificados el 24 de igual mes y año; por cuanto, formularon recurso de apelación dentro del plazo de diez días hábiles, establecido en el art. 261.I concordante con el 90 del CPC, norma legal que ingresó en vigencia plena el 6 de febrero de 2016 y que por previsión de la Disposición Transitoria Cuarta del citado Adjetivo Procesal, corresponde aplicar la misma a todos los procesos judiciales que fueron presentados con anterioridad a la vigencia Plena del Código Procesal Civil y en los cuales se haya emitido Sentencia de primera instancia; consiguientemente, por Resolución de 30 de noviembre de 2016, el Juez a quo estableció que el recurso de apelación fue interpuesto fuera de plazo previsto por ley, toda vez que el art. 595 del CPCabrg, prevé el plazo de tres días para formular el referido recurso, por lo que declaró la ejecutoria de la Sentencia de 21 de octubre de 2016.