Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1051/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, estima como vulnerado su derecho al debido proceso y a la libertad, debido a que por RA 028/2017 fue trasladado del Centro de Rehabilitación de Varones “Mocovi” del departamento del Beni a la Penitenciaria San Pedro de Chonchocoro del departamento de La Paz, pese a tener fijada una audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Procedimiento para ordenar el traslado de un detenido de un recinto penitenciario a otro
- Director General de Régimen Penitenciario, la facultad de disponer «excepcionalmente» el traslado inmediato de una privada o un privado de libertad a otro recinto penitenciario, cuando exista un riesgo inminente contra su vida o cuando su conducta ponga en riesgo la vida y seguridad de los otros privados de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR