SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2017-S1

Fecha: 06-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como propietarios del inmueble ubicado en la comunidad Quiroga, Municipio de Aiquile, provincia Campero del departamento de Cochabamba, transfirieron una parte de dicha propiedad a Dora Uriona Ayllon. Hace años atrás, por iniciativa de muchas personas, se ejecutó un proyecto de provisión de agua potable para dicha comunidad de la fuente del Ayllu Quewiñal, canalizado por unos cuarenta afiliados, en una extensión de 13 km, en favor de quienes, en reunión sindical, por unanimidad decidieron que los antiguos trabajadores gozarían de dos acciones de agua potable y riego, ello considerando el trabajo realizado por los socios antiguos, lo que se cumplió a través del Comité de Agua de Quiroga, que en su caso no se dio, toda vez que solo le otorgaron una acción, vulnerando su derecho de acceso a la segunda acción como le corresponde.

El 22 de abril de 2017, el Presidente de Agua Potable Quiroga, Martín Saavedra Alba y Dora Uriona Ayllón, procedieron por vías de hecho y con violencia, al corte de agua, dejándole sin este líquido ni para su consumo y menos para el riego de sus árboles frutales, los que se están viendo afectados, hechos corroborados por personeros del Consejo Departamental de Participación y Control Social, quienes a través de nota de 3 de julio de 2017, hicieron conocer de estos hechos a la Juez Público Civil y Comercial de Aiquile, denunciando además que la afectación recae sobre personas de la tercera edad. Del mismo modo, por certificación de 6 de junio de 2017, expedido por Máximo Salguero Vargas, Curaca Mayor del Ayllu Quewiñal, se evidencian y acreditan los extremos referidos.