SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2017-S1

Fecha: 06-Sep-2017

II.4.

II.4.    Posteriormente, con nota de 7 de junio de 2016, el accionante y su hijo (Santiago Ávila Montaño), dirigiéndose a la Directora del Consejo Departamental de Participación y Control Social Cochabamba (Gabina Condori Nina) vuelven a reclamar por las irregularidades que viene cometiendo el Comité de Agua Potable Quiroga en el manejo de este recurso, y reclamando específicamente la instalación de la segunda acción que le corresponde a Silvio Ávila Alba (fs. 15 a 16). En atención a dicho reclamo, Gabina Condori Nina y otros personeros del Consejo Departamental de Participación y Control Social de Cochabamba, solicitan nuevamente al representante legal de la AAPS-CBBA, mediante nota presentada el 24 de junio de 2016, actualizar la denuncia presentada anteriormente y se emita la Resolución administrativa correspondiente (fs. 17 a 19). A este efecto, con nota AAPS/CBBA/REQ/ODECO/014/2016 de 28 de junio, Juan José Iriarte L., Responsable AAPS CBBA, haciendo referencia a la denuncia y a los antecedentes de la misma solicitó informe sobre tres puntos a Pedro Murillo, Presidente del Comité de Agua Potable de Quiroga, municipio Aiquile (fs. 19 a 20).