Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0422/2018-RCA
Fecha: 31-Oct-2018
Fragmento 11
De la compulsa de antecedentes se establece, el Juez de garantías “rechazó” la acción de amparo constitucional con el argumento de que la misma fue presentada fuera del plazo de seis meses, puesto que el impetrante de tutela fue notificado con la Resolución Jerárquica cuestionada el 16 de marzo de 2018 y la interposición de la acción tutelar fue el 17 de septiembre del mismo año, vencido dicho plazo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- I.4. Resolución del Juez de garantías
- rechazó
- 16 de marzo de 2018
- La Acción de Amparo Constitucional
- II.2. Sobre el principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- II.3. La presentación de la acción de amparo constitucional ante los secretarios dependientes del órgano judicial y notarios de fe pública
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR