SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2018

Fecha: 22-Oct-2018

III.5.2. Ámbito de vigencia material

En cuanto a este aspecto, considerado como elemento importante de definición de la competencia de la jurisdicción indígena originaria el art. 191.II.2 de la CPE, dispone: “Esta jurisdicción conoce los asuntos indígena originario campesinos de conformidad a lo establecido en una Ley de Deslinde Jurisdiccional”.