Sentencia Constitucional Plurinacional 0588/2018-S1 de 1 de octubre
Fecha: 01-Oct-2018
Fragmento 13
De los antecedentes conocidos y de aquellos que se encuentran consignados en las Conclusiones de la presente Resolución se tiene que, el 8 de mayo de 2018, el Fiscal de Materia Mario Mariscal Rodríguez codemandado emitió orden de aprehensión contra el accionante, siendo la misma ejecutada el 10 de igual mes y año a horas 18:00, por el funcionario policial Marlen Choquenaira Villca codemandado -Conclusión II.1- y seguidamente, fue trasladado a dependencias de la Fiscalía Corporativa EPI NORTE, en la cual dicha autoridad emitió en la indicada fecha citación para declaración a objeto de que el demandante de tutela brinde su declaración informativa en esta fecha a horas 18:20, siendo citado en la nombrada fecha y hora; y en vista de ello, la mencionada autoridad a través de acta de declaración, celebró dicho actuado procesal hasta horas 18:35.
- CONFIRMAR
- a)
- Fragmento 3
- II.1.
- …no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional…»
- Fragmento 6
- II.2. Lo resuelto por la
- III.3.1.Respecto a la actuación de la representación fiscal y policial
- Fragmento 9
- III.3.2.
- 1)
- Fragmento 12
- Fragmento 13