SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
III.2.
En el presente caso, el accionante demanda a los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, por su negativa de librar las órdenes judiciales que fueron solicitadas para presentar la documentación obtenida ante el mismo Tribunal para la cesación de su detención preventiva, por lo que corresponde considerar, si concierne la emisión de las solicitudes referidas, sin embargo, al tratarse de un trámite necesario para la obtención lícita de la prueba que permitan la presentación de una nueva solicitud de cesación de la detención preventiva, se entiende que el objeto procesal de la presente acción de tutela tiene vinculación directa con la libertad física, por lo que, en atención a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática citada supra.
En consecuencia, cabe referir con carácter previo que la finalidad del instituto de las medidas cautelares, no es definir la culpabilidad del encausado, sino entre otras, coadyuvar con la averiguación de la verdad y garantizar el desarrollo del proceso, principalmente con la presencia del procesado durante su tramitación, por consiguiente este instituto es accesorio al proceso principal, donde no se discute si el imputado es culpable o no, por lo que no afecta el objeto del proceso penal.
Dicho esto, conforme se tiene establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, las autoridades judiciales en el desarrollo del proceso penal, pueden librar órdenes judiciales a objeto de obtener elementos lícitos de convicción que permitan al encausado presentar solicitudes de cesación de la detención preventiva, siempre que no vinculen la pretensión de fondo que hace al objeto del proceso penal.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Emisión de órdenes judiciales para obtener elementos de convicción a ser presentados en audiencia de cesación de la detención preventiva
- SCP 0415/2015-S3 de 23 de abril,
- representa a la sociedad velando el respeto de los derechos y garantías constitucionales
- de manera directa
- III.2.
- a)
- CONFIRMAR