SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2018-S4
Fecha: 09-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de su derecho al debido proceso vinculado a su libertad, dado que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Darling Pacheco de Rivera en su contra, por la presunta comisión del delito de estafa, previsto por el art. 335 del Código Penal (CP), mediante Auto de 7 de junio de 2018, declaró su rebeldía por inasistencia a una audiencia de consideración de medidas cautelares, no obstante de justificar su ausencia a dicho acto procesal en mérito a su delicado estado de salud, acreditado a través de certificado médico presentado por su abogado; por otro lado, denunció que la Resolución que lo declaró en rebeldía, no registró un número, carece de firma y se entregó el mandamiento de aprehensión a un particular.
- acción de libertad
- I.
- a)
- denegó
- II.1
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía
- es decir, efectivizando la celeridad de todos los actos procesales dentro del proceso penal, por ello se emite como una de las medidas el mandamiento de aprehensión, que permita asegurar su presencia; sin embargo, esta medida es momentánea y cesa también cuando el rebelde se apersona voluntariamente ante el juez de la causa.
- En consecuencia, el rebelde puede apersonarse ante la autoridad jurisdiccional que así lo declaró, justificando su inasistencia al actuado respectivo, solicitando su revocatoria, tal cual establece el art. 91 del CPP.
- III.2.
- REVOCAR