Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2018-S4
Fecha: 09-Oct-2018
Auto de Vista de 26 de mayo de 2017
El peticionante de tutela denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus vertientes fundamentación y motivación, alegando que el Tribunal de alzada, mediante Auto de Vista de 26 de mayo de 2017, declaró inadmisible su recurso de apelación incidental interpuesto contra la resolución que rechazó las excepciones de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y prescripción, sin exponer razonablemente los motivos de su decisión, limitándose a repetir el razonamiento del tribunal ad quo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.5. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- Auto de Vista de 26 de mayo de 2017
- III.1. Motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Sobre los efectos de las Sentencias Constitucionales cuando se revoca la tutela otorgada por los Jueces o Tribunales de Garantías.
- ’Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio,
- el fallo de los Jueces y Tribunales de garantías surte efectos de manera inmediata y debe ser ejecutado sin observación, incluso antes de que el Tribunal Constitucional Plurinacional dicte su fallo en la fase de revisión
- cuando la tutela concedida es confirmada se ratifican los efectos dispuestos, pero si la misma es revocada, esto implica que los efectos jurídicos emergentes de la tutela inicial quedan sin efecto jurídico y la situación regresa a su estado anterior,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR