SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
concedió
El Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 82/2018 de 23 de agosto, cursante de fs. 76 a 78 de obrados, concedió la tutela solicitada, disponiendo que los Jueces Técnicos demandados dicten una nueva resolución valorando “los elementos e informes presentados en cuanto a la existencia o no de custodios” (sic) y la jurisprudencia existente al respecto; y, denegó la tutela en relación a Armando Herrera Huarachi, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia referido, por haber emitido voto disidente, y a Rosmery Quispe Flores, Secretaria del mismo Tribunal, en razón de no haberse demostrado su participación en los actos denunciados. Decisión asumida bajo los siguientes fundamentos: a) Las autoridades demandadas inobservaron el plazo para el señalamiento de audiencia de consideración de la cesación de la detención preventiva establecido en el art. 239 del Código de Procedimiento Penal (CPP), toda vez que en el presente caso, al no haberse llevado a cabo la audiencia programada para el 26 junio de 2018, se resolvió fijar una nueva para el 9 de julio de igual año y ante el recurso de reposición interpuesto por el imputado la reprogramó para el 5 de mismo mes y año; y, b) En ese sentido, se viabiliza la concesión de acción de libertad bajo la modalidad de pronto despacho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de seguridad jurídica, celeridad y el respeto a los derechos,
- definiéndolo como aquel a través del cual: ‘…se busca (es) acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 12
- III.2. Recurso de apelación como medio idóneo para impugnar las resoluciones que determinan la disposición, modificación o sustitución de medidas cautelares
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER