SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
III.3.1.
III.3.1. De la compulsa de los antecedentes y el Fundamento Jurídico III.1, se tiene que, la acción de libertad traslativa o de pronto despacho se constituye en el mecanismo procesal idóneo que opera en caso de existir dilación procesal indebida y esté vinculado con la libertad o con la situación jurídica de un privado de libertad, en particular, respecto a las actuaciones procesales que evitan resolver las mismas.
En el presente caso, por lo expuesto en el memorial de acción de libertad y los informes evacuados por los Jueces demandados, se advierte que estos, no emitieron el oficio dirigido al Director del Recinto Penitenciario de San Pedro, para que el personal de ese Recinto verifique el domicilio del aludido demandante, ordenado por la Resolución 125/2018, actuado procesal necesario a efectos de la ejecución de la medida cautelar de detención domiciliaria con dos custodios policiales, el cual por estar directamente vinculado a la situación jurídica del privado de libertad -ahora demandante- y conforme a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.1 debe ser tramitado con celeridad, conforme lo establece el art. 115.I de la CPE.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de seguridad jurídica, celeridad y el respeto a los derechos,
- definiéndolo como aquel a través del cual: ‘…se busca (es) acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 12
- III.2. Recurso de apelación como medio idóneo para impugnar las resoluciones que determinan la disposición, modificación o sustitución de medidas cautelares
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER