Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0667/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
II.1.
II.1. El 19 de marzo de 2018, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Antonieta Otalora Ricaldi -ahora accionante- contra Richard Saavedra Prado y “otros”, por la presunta comisión del delito de asesinato y feminicidio, se llevó a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva, emitiéndose el Auto Interlocutorio que dispuso la cesación de la misma, a favor del imputado, bajo aplicación de medidas sustitutivas, entre ellas, fianza personal consistente en la presentación de dos garantes personales, con solvencia económica debidamente acreditada y domicilio constituido en la localidad de Chimoré (fs. 2 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- la SCP 0014/2018-S2
- y se manifiesta como el derecho que tienen las partes de conocer las razones en que se funda la decisión del órgano jurisdiccional, de tal manera que sea posible a través de su análisis, constatar si la misma está fundada en derecho o por el
- III.2. Análisis del caso concreto.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)