Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2018-S3
Fecha: 30-Oct-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La solicitante de tutela por intermedio de sus representantes, ratificó el contenido íntegro de su acción tutelar y ampliándola en audiencia indicó que: Además de existir la irregular notificación con el señalamiento de audiencia de medidas cautelares, que se realizó en la oficina de su defensa quince minutos después de iniciada la audiencia; no se tomó en cuenta la declaración informativa de los coimputados, que corroboraba la ausencia de la peticionante de tutela en el momento del hecho, quien debió figurar como testigo; extremo obviado en la imputación formal, donde no se fundamenta ni siquiera su grado de autoría.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- Segundo Supuesto:
- cualquier acto ilegal y/o arbitrario durante la investigación en que incurriere el Ministerio Público como titular de la acción penal o la Policía Boliviana como coadyuvante, deberá ser denunciado ante el Juez de Instrucción en lo Penal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR