SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2018-S3

Fecha: 12-Oct-2018

denegó

El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Morochata del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2018 de 18 de abril, cursante de fs. 74 a 78 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) No se tenía certeza sobre el avasallamiento denunciado al desconocerse la ubicación, topografía y características del suelo respecto a la comunidad Tembladeras del municipio Cocapata, provincia Ayopaya del mencionado departamento; 2) No existía medios probatorios que demuestren que los demandados por vías de hecho habrían impedido la realización de trabajos agrícolas o no hayan permitido trasladar la maquinaria pesada; 3) No se demostró la imposibilidad de obtener y presentar prueba para demostrar las medidas de hecho relacionadas al avasallamiento denunciado; 4) El impetrante de tutela no justificó de qué manera o a través de que actos se hubiera violado su derecho fundamental a la dignidad; y, 5) De la prueba presentada se concluyó que la comunidad Tembladeras presuntamente avasallada se encontraría en el aérea rural de Cocapata, lo que hace la Ley contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras -Ley 477 de 30 de diciembre de 2013-, sea la vía idónea y eficaz para la protección de los derechos a la propiedad, posesión y trabajo, como estableció la SCP 0381/2015 de 8 de abril.