SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2018-S3

Fecha: 12-Oct-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue elegido Secretario General de la comunidad Tembladeras del municipio de Cocapata, provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba, que cuenta con Título Ejecutorial PCM-NAL-011044 de 6 de abril de 2015, otorgado mediante Resolución Suprema 12832 de 27 de agosto de 2014, documento debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo Folio con Matrícula 3.03.0.30.0000012, con una superficie total de “1594.2053” ha, con colindancias especificadas en el plano; en dichos terrenos desarrollaban actividades agropecuarias, forestales, de cuidado y conservación, de manera ininterrumpida, continua y pacífica.

El 6 de diciembre de 2017, a hrs. 10:30 aproximadamente, Diego, Casiano, Hilda, Pedro todos Claros Muñoz -ahora demandados- juntamente con un grupo de veinte personas no identificadas, ingresaron por el lado norte de la comunidad con el propósito de asentarse ilegalmente, y de esa manera apoderarse de los terrenos que son de su propiedad.

Los avasalladores ingresaron a la propiedad con violencia, dolo y pleno conocimiento de sus actos, intentaron hacer justicia por sus propias manos y desconociendo el sistema de justicia con el que cuentan para buscar la tutela de sus derechos; impidieron además trabajar a la maquinaria pesada que se contrató para la apertura de caminos y de esta forma trasladar sus productos agrícolas.