SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2018-S3

Fecha: 31-Oct-2018

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 04/2018 de 3 de septiembre, cursante de fs. 61 a 62, concedió la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) Que los demandados se abstengan de realizar actos de hostigamiento y persecución contra los accionantes; b) Respecto a demandar a personas particulares en la acción de libertad la SC 0900/2010-R de 10 de agosto ha señalado en el nuevo orden constitucional vigente el art. 125, la acción de libertad concebida como una acción de defensa extendiendo su protección a la vida, manteniendo su patrocinio en relación a la ilegal persecución e indebido procesamiento; c) Se practicará la citación personal o por cédula a la autoridad o persona denunciada, ampliando de la misma manera la legitimación pasiva a particulares; d) La acción tutelar hace mención a los funcionarios policiales sin haberlos individualizado por nombres y apellidos, se tiene conocimiento que estos son de la División de Actas y Garantías, quienes se constituyeron en el domicilio de los peticionantes de tutela y permitieron que se amenace, además que ellos fueron los que intimidaron a los prenombrados; y, e) La acción de libertad se rige por el principio de informalismo por lo que corresponde al Juez de la causa, salvaguardar cualquier defecto u omisión de derecho que se pudiera advertir.